ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial por el que se regulan la emisión, administración, renovación, revocación, reconocimiento y uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación.
"Se publica un acuerdo que regula la emisión, administración, renovación, revocación, reconocimiento y uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación. Este acuerdo busca garantizar la seguridad, autenticidad y trazabilidad en los procesos judiciales electrónicos."
Tipo
acuerdo
Impacto
medio
Vigencia
2026-08-21: Entra en vigor a partir de la fecha de su publicación en el DOF.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
funcionarios y personal del Poder Judicial de la Federación, así como personas quejosas o terceras interesadas en procesos judiciales electrónicos.
✅ Sectores beneficiados
ciudadanos y empresas que participan en procesos judiciales electrónicos, al garantizar mayor seguridad y eficiencia.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
Este acuerdo surge tras la reforma del Poder Judicial en 2024, que estableció el Órgano de Administración Judicial (OAJ) como responsable de la administración técnica y gestión del Poder Judicial. Anteriormente, la regulación de la firma electrónica estaba bajo el Acuerdo General Conjunto 1/2013, el cual se actualiza para adaptarse a la nueva estructura.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial?
Es un mecanismo de identificación y firma electrónica basado en certificados digitales emitidos por el Poder Judicial de la Federación.
¿Quién debe usar la Firma Electrónica Certificada?
Funcionarios del Poder Judicial y personas que participan en procesos judiciales electrónicos.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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