ACUERDO de la Secretaría de Energía por el que se delegan facultades a diversas áreas de la Dirección General de Impacto Social, Consulta Previa y Ocupación Superficial.
"La Secretaría de Energía delega atribuciones a la Dirección General de Impacto Social para ejecutar consultas previas con pueblos indígenas. Cumple obligación constitucional y del Convenio 169 de la OIT."
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
A empresas energéticas que deben consultar con comunidades indígenas antes de proyectos.
✅ Sectores beneficiados
A pueblos y comunidades indígenas, cuyo derecho a ser consultados es respaldado administrativamente.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Contexto y Antecedentes
Consulta previa es requisito desde reforma de 2019; genera tensiones entre desarrollo y derechos indígenas.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
sistema (migración retroactiva: contenido ya publicado antes del gate editorial)
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 12/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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