OFICIO No. 349-B-178 mediante el cual la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Comisión Nacional de Energía, cobrar bajo la naturaleza jurídica de aprovechamientos, 2 aprovechamientos por concepto de Prestación de Servicios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Ingresos.- Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos.- Oficio No. 349-B-178.
LIC. RAFAEL HERNÁNDEZ ALARCÓN
Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Comisión Nacional de Energía
Secretaría de Energía
Av. Insurgentes No. 20 de la Glorieta de Insurgentes, Col. Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06700 CDMX
P r e s e n t e
Me refiero a la solicitud identificada con el oficio de solicitud F00.04.UAF/382/2026, folio número 4, número de proceso 694821, gestionada a través del módulo aplicativo DEPAMIN, mediante la cual solicita autorización de 2 aprovechamientos por concepto de Prestación de Servicios.
Sobre el particular, le informo que esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 17, fracción XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, 3° del Código Fiscal de la Federación, 13 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, y considerando que los importes propuestos fueron determinados con base en el costo total del bien o servicio, de acuerdo con la información que se adjunta a la presente solicitud, autoriza a la Comisión Nacional de Energía cobrar bajo la naturaleza jurídica de aprovechamientos, 2 aprovechamientos que se describen en la tabla adjunta del folio citado.
De conformidad con el artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026, los ingresos generados por los conceptos autorizados mediante el presente instrumento, deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación, a través de las oficinas autorizadas por esta Secretaría, mediante el sistema de pago electrónico aprobado por el Servicio de Administración Tributaria, bajo las claves de referencia asignadas por el órgano administrativo competente.
Atentamente
Ciudad de México, a 4 de junio de 2026 .- Por instrucción del Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos, con fundamento en los artículos 4°, último párrafo y 8°, fracción VII del Reglamento interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, firma el Director General en la Unidad de Política de Ingresos no Tr ibutarios y sobre Hidrocarburos, Roberto Carlos Ordoñez Flores .- Firmado electrónicamente.
Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-178
| No. | Descripción | Cuota |
| 1 | 125. Por la supervisión anual de los permisos de distribución de Gas Licuado de Petróleo mediante Planta de Distribución. | $ 44,188.54 |
| 2 | 129. Por la supervisión anual de los permisos de expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo mediante estación de servicio con fin específico. | $ 31,540.16 |
El Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Energía, Pedro Jesús Lara Lastra, con fundamento en el artículo 27 fracción XIX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía,
CERTIFIC A
Que la prese nte documental, que consta de 02 fojas útiles, es fiel reproducción del Oficio número 349-B- 178 emitido por la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de fecha 04 de junio de 2026, documento que obra en los archivos de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Energía, mismo que tuve a la vista y con el cual fue debidamente cotejada la copia que ahora certifico, por concordar en todas y cada una de sus partes.
Se expide la presente certificación, en la Ciudad de México, a los 09 días del mes de junio de dos mil veintiséis. - Secretario Técnico , Pedro Jesús Lara Lastra .- Rúbrica.- Elaboró : Director de Acuerdos y Resoluciones del Comité Técnico , Manuel Alejandro Chávez Alvarado .- Rúbrica.- Revisó : Director General de Asuntos del Comité Técnico y Externos , Ricardo Ramírez Valles .- Rúbrica.