OFICIO No. 349-B-182 mediante el cual la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza a la Comisión Nacional de Energía, cobrar bajo la naturaleza jurídica de aprovechamientos, 129 aprovechamientos por concepto de Prestación de Servicios.
"La Secretaría de Hacienda autorizó a la Comisión Nacional de Energía (CNE) cobrar 129 aprovechamientos por servicios como supervisión de permisos eléctricos y de gas, con cuotas que van desde $13,913 hasta $252,396. Estos cobros buscan financiar la regulación energética y se concentrarán en la Tesorería de la Federación."
Tipo
acuerdo
Impacto
medio
Vigencia
2026-06-08: El oficio está fechado el 8 de junio de 2026 y es aplicable para el ejercicio fiscal 2026.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Empresas y personas que requieran permisos o servicios regulados por la Comisión Nacional de Energía, como generadores de electricidad, distribuidores de gas y participantes en el mercado de energías limpias.
✅ Sectores beneficiados
La Comisión Nacional de Energía y el gobierno federal, al obtener ingresos para financiar la regulación energética.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
La Comisión Nacional de Energía (CNE) es un órgano regulador en México encargado de supervisar el sector energético. La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 establece los aprovechamientos que pueden cobrar las dependencias. Este oficio detalla las cuotas específicas para servicios de la CNE, actualizando montos que probablemente no se ajustaban desde años anteriores.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un aprovechamiento?
Es un ingreso que el gobierno cobra por servicios que presta, como trámites o supervisiones, y que no tiene carácter de impuesto.
¿A quién aplica este oficio?
A empresas y personas que necesiten permisos o servicios de la Comisión Nacional de Energía, como generadores de electricidad, distribuidores de gas y participantes en energías limpias.
¿Cuándo entra en vigor?
El oficio está fechado el 8 de junio de 2026 y aplica para el ejercicio fiscal 2026.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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