EXTRACTO del Acuerdo G/JGA/70/2026, denominado "Suplencia de persona Magistrada, en la Segunda Ponencia de la Sala Regional en Aguascalientes".
"El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) aprobó un acuerdo para que la licenciada Siomar Eline Estrada Cruz, Primera Secretaria de Acuerdos, supla temporalmente a la persona magistrada de la Segunda Ponencia de la Sala Regional en Aguascalientes. La medida, que inicia el 1 de julio de 2026, busca garantizar la continuidad en la impartición de justicia administrativa en esa región."
Tipo
acuerdo
Impacto
bajo
Vigencia
2026-07-01: Entra en vigor el 1 de julio de 2026 y permanecerá vigente hasta que la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, específicamente a la Sala Regional en Aguascalientes, así como a las partes involucradas en juicios que se tramiten en esa ponencia.
✅ Sectores beneficiados
A los justiciables que tienen asuntos en la Segunda Ponencia de la Sala Regional en Aguascalientes, al asegurar la continuidad en la resolución de sus casos.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es el máximo tribunal en materia de justicia administrativa en México. La suplencia de magistrados es un mecanismo previsto en la ley para garantizar la función jurisdiccional cuando hay ausencias temporales o definitivas. Este acuerdo se emite en el marco de las facultades de la Junta de Gobierno y Administración, que es el órgano encargado de la administración y vigilancia del Tribunal.
Preguntas frecuentes
¿Quién es la nueva magistrada suplente en Aguascalientes?
La licenciada Siomar Eline Estrada Cruz, quien se desempeñaba como Primera Secretaria de Acuerdos de la Segunda Ponencia de la Sala Regional en Aguascalientes.
¿Cuándo entra en vigor la suplencia?
A partir del 1 de julio de 2026, y estará vigente hasta que la Junta de Gobierno y Administración del TFJA determine otra situación.
¿Qué facultades tiene la suplente?
Adquiere las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de una persona Magistrada de Sala Regional, actuando por ministerio de ley.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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