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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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CONVENIO de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la creación, fortalecimiento y/o mejora de los Tribunales Laborales, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Michoacán de Ocampo.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL 10 min de lectura 28 lecturas

"La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el estado de Michoacán firmaron un convenio para otorgar un subsidio destinado a crear, fortalecer o mejorar los Tribunales Laborales locales, en el marco de la reforma al sistema de justicia laboral. Este acuerdo busca garantizar la operación de los nuevos tribunales que resolverán conflictos entre trabajadores y patrones, en sustitución de las Juntas de Conciliación y Arbitraje."

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El convenio no especifica una fecha de entrada en vigor; se sujeta a la disponibilidad presupuestal y a la implementación de la reforma en el estado.

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Se otorgará un subsidio federal a Michoacán para la creación, fortalecimiento o mejora de sus Tribunales Laborales.
El convenio se firma en el contexto de la reforma al sistema de justicia laboral, que sustituye las Juntas de Conciliación y Arbitraje por tribunales especializados.
Los tribunales laborales locales iniciarán operaciones en un plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor del decreto de reforma.
El subsidio busca asegurar que el estado cuente con la infraestructura y recursos necesarios para la implementación de la reforma.
La operación de los Centros de Conciliación locales comenzará en la misma fecha que los tribunales laborales.

Al gobierno del estado de Michoacán, al Poder Judicial local y a los empleadores y trabajadores de la entidad, que deberán acudir a los nuevos tribunales laborales.

A los trabajadores y empleadores de Michoacán, que tendrán acceso a un sistema de justicia laboral más ágil y especializado.

Moderniza el sistema de justicia laboral en Michoacán.
Brinda certeza jurídica a trabajadores y empleadores.
Fomenta la conciliación como vía preferente para resolver conflictos.
Requiere inversión pública significativa para infraestructura y capacitación.
Posibles retrasos en la implementación por falta de recursos.
Adaptación de los actores al nuevo procedimiento puede generar incertidumbre inicial.
Los empleadores y trabajadores de Michoacán deben estar atentos a los avisos oficiales sobre el inicio de operaciones de los tribunales laborales.
Las empresas deberán prepararse para el nuevo procedimiento de conciliación prejudicial obligatoria.
El gobierno estatal deberá asegurar la asignación de recursos para la operación de los tribunales.

La reforma constitucional en materia de justicia laboral, publicada en 2017, estableció que los conflictos laborales serán resueltos por tribunales laborales en lugar de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. La Ley Federal del Trabajo reformada en 2019 definió el procedimiento de conciliación prejudicial obligatoria. El Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral ha coordinado la implementación escalonada en las entidades federativas, priorizando aquellas con menor carga de demandas.

¿Qué son los Tribunales Laborales?

Son órganos del Poder Judicial, federal o local, que resolverán los conflictos individuales y colectivos de trabajo, en sustitución de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

¿Cuándo entrarán en operación los tribunales laborales en Michoacán?

El convenio no fija una fecha exacta; la implementación depende de la disponibilidad presupuestal y de la planeación del estado, dentro del plazo máximo de tres años establecido en la reforma.

¿Qué pasa con los juicios laborales que están en trámite en las Juntas?

Los juicios en trámite continuarán hasta su conclusión conforme a las disposiciones transitorias de la reforma.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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