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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el cual se da respuesta a la consulta planteada por el Partido Acción Nacional.

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL CUAL SE DA RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL CPEUM C 10 min de lectura 18 lecturas

"El INE respondió a una consulta del PAN sobre la facturación de gastos en hidrocarburos, estableciendo que los comprobantes fiscales (CFDI) deben incluir el complemento INE, incluso si no pueden coexistir con el complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos. Esto afecta la fiscalización de los partidos políticos y sus proveedores."

acuerdo

medio

El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, según lo establecido en el propio acuerdo.

partidos políticos proveedores contribuyentes
El PAN consultó al INE sobre la imposibilidad de incluir el complemento de Hidrocarburos y el complemento INE en un mismo CFDI.
El INE determinó que el complemento INE es indispensable para la fiscalización de los gastos de los partidos.
Se establece que los proveedores deben emitir CFDI con el complemento INE, aunque no puedan incluir el complemento de Hidrocarburos.
El acuerdo busca garantizar la transparencia en el uso de recursos públicos por parte de los partidos políticos.
La respuesta del INE se basa en la normativa electoral y fiscal vigente.

Partidos políticos, proveedores de hidrocarburos y personas físicas o morales que realicen gastos relacionados con campañas electorales.

La ciudadanía y el sistema electoral, al fortalecer la fiscalización y transparencia de los recursos de los partidos.

Claridad para partidos y proveedores sobre cómo facturar gastos en hidrocarburos.
Refuerza la transparencia y rendición de cuentas en el uso de recursos públicos.
Evita interpretaciones ambiguas que pudieran derivar en sanciones.
Complejidad administrativa para proveedores que deben emitir CFDI sin el complemento de hidrocarburos.
Posibles costos adicionales para los partidos al ajustar sus procesos de facturación.
La falta de coexistencia de complementos podría generar confusión en la contabilidad.
Los partidos políticos deben asegurarse de que sus proveedores emitan CFDI con el complemento INE.
Los proveedores de hidrocarburos deben conocer los requisitos fiscales para facturar a partidos políticos.
Revisar la normativa fiscal y electoral para evitar incumplimientos.

El INE es el órgano encargado de fiscalizar los recursos de los partidos políticos en México. La consulta del PAN surge por cambios en la Miscelánea Fiscal 2026 que introducen un nuevo complemento de hidrocarburos, lo que genera conflicto técnico con el complemento INE. El INE, tras consultar al SAT, determinó que el complemento INE es prioritario para la fiscalización.

¿Qué es el complemento INE en un CFDI?

Es un complemento fiscal que permite al INE identificar los gastos de los partidos políticos para su fiscalización.

¿Qué pasa si un proveedor no incluye el complemento INE?

El gasto podría no ser considerado válido para efectos de fiscalización, lo que podría generar sanciones al partido político.

¿Este acuerdo aplica a todos los partidos políticos?

Sí, aplica a todos los partidos políticos nacionales y locales que realicen gastos con proveedores de hidrocarburos.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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