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miércoles, 17 de junio de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2024 y del año 2025 que se consideran inhábiles para el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL A 7 min de lectura 63 lecturas

"Acuerdo que establece los días no laborables (días feriados) para el año 2025 y 2026 en instituciones públicas. Calendario de suspensión de actividades administrativas conforme a ley federal."

Calendario de días inhábiles 2025-2026
Aplica a instituciones públicas federales
Cumple Ley Federal de los Trabajadores

Trabajadores de instituciones públicas y ciudadanos que requieren servicios de gobierno.

Personal federal que disfruta descansos conforme a leyes laborales.

Claridad en calendario laboral federal
Respeta derechos de descanso de trabajadores
Limita servicios públicos en ciertos días
Afecta trámites de ciudadanos

Los días inhábiles en México son establecidos por decreto presidencial. Incluyen domingos, días festivos nacionales y dos días de asueto (2-3 de noviembre).

ACUERDO por el que se dan a conocer los días de diciembre de 2024 y del año 2025 que se consideran inhábiles para el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Dirección General.

SANTIAGO NIETO CASTILLO, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 fracción I y 59 fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales ; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ; 1, 6, 8 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ; 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. párrafo primero, y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II y 10 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial , presta servicios al público usuario en los cuales deben atenderse diversos plazos;
Que el artículo 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial prevé que, en los plazos fijados en días, se computarán únicamente los hábiles;
Que el artículo 28 Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación los días que no se considerarán hábiles y el artículo 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial dispone que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial dará a conocer, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los días que se considerarán como inhábiles;
Que a fin de comunicar oportunamente lo anterior y no entorpecer los trámites y servicios que se ofrecen de manera directa al público usuario, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS DE DICIEMBRE DE 2024 Y DEL AÑO 2025 QUE
SE CONSIDERAN INHÁBILES PARA EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Artículo 1.-     Para efectos de lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial , el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial considerará como días inhábiles:
a)      Los días comprendidos del jueves 19 de diciembre de 2024 hasta el viernes 3 de enero de 2025, y
b)      Además de los sábados y domingos, los siguientes días del año 2025:
MES
DÍAS
FEBRERO
Lunes