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miércoles, 29 de abril de 2026

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ACUERDO por el que se suspenden las labores y los plazos, por causa de fuerza mayor, en las sedes que se indican del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL A 6 min de lectura 37 lecturas

"Se publicó "ACUERDO por el que se suspenden las labores y los plazos, por causa de fuerza mayor, en las sedes que se indican del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial". Suspender los días 23, 24 y 25 de febrero de 2026, por causa de fuerza mayor, las labores y los plazos en los trámites, servicios y procedimientos administrativos que, en el ejercicio de. Esta disposición f..."

Emitido por: INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL A
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio

Trabajadores, empleadores y sindicatos

Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones

Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Refuerza la protección de derechos de los ciudadanos
Los plazos establecidos pueden ser insuficientes para la adaptación de los obligados
El impacto real dependerá de la efectividad en su implementación y vigilancia

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Este documento fue emitido por INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL A, dependencia responsable de la regulación en esta materia dentro de la administración pública federal.

ACUERDO por el que se suspenden las labores y los plazos, por causa de fuerza mayor, en las sedes que se indican del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

ACUERDO por el que se suspenden las labores y los plazos, por causa de fuerza mayor, en las sedes que se indican del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

SANTIAGO NIETO CASTILLO, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 fracción I y 59 fracciones I, V, VI y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 3o. y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. párrafo primero, y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II y 10 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, cuenta con sedes en Zapopan, Jalisco y León, Guanajuato, en donde se prestan servicios al público en general, los cuales están sujetos a diversos plazos;
Que debido a la activación del Código Rojo en el estado de Jalisco para coordinar el trabajo de las corporaciones de seguridad y cuidar a la población, derivado del operativo de seguridad desplegado por autoridades federales en Tapalpa el 22 de febrero de 2026; suspendiendo el transporte público, los eventos masivos, las jornadas de vacunación y clases presenciales en la entidad, e instando a la población a permanecer en lugares seguros y limitar traslados no esenciales;
Que, debido a la colindancia del estado de Guanajuato con Jalisco, se extienden a dicha entidad los efectos de la presente suspensión de labores y plazos;
Que, para garantizar la seguridad de los usuarios de este Instituto, así como de las personas servidoras públicas que laboran en sus sedes de Zapopan, Jalisco y León, Guanajuato, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LAS LABORES Y LOS PLAZOS, POR CAUSA DE FUERZA
MAYOR, EN LAS SEDES QUE SE INDICAN DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
Artículo 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto suspender los días 23, 24 y 25 de febrero de 2026, por causa de fuerza mayor, las labores y los plazos en los trámites, servicios y procedimientos administrativos que, en el ejercicio de sus atribuciones se realizan en las Oficinas Regionales 2 y 3 del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con domicilio en Blvd. Puerta de Hierro No. 5200, piso 1, Colonia Puerta de Hierro, C.P. 45110, Zapopan, Jalisco y Niza No. 215, Colonia Andrade, C.P. 37020, León, Guanajuato, respectivamente.
Artículo 2o.- Publíquese el presente Acuerdo en la página web de este organismo: www.gob.mx/impi, así como en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de febrero de 2026.- El Director General, Doctor Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
 

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