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miércoles, 17 de junio de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 133/2021, así como los Votos Concurrente y Particular de la señora Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández

INSTITUTO CHIHUAHUENSE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACI 10 min de lectura 57 lecturas

"La Suprema Corte falló en acción de inconstitucionalidad 133/2021 sobre disposiciones relativas a responsabilidades administrativas. La sentencia incluye votos de ministros sobre interpretación de derechos y generará jurisprudencia."

Declara inconstitucional disposición de ley
Incluye análisis jurídico de derechos fundamentales
Genera jurisprudencia vinculante para casos futuros

Aplicación de norma que fue declarada inconstitucional.

Personas cuyos derechos se vieron afectados por la disposición inconstitucional.

Protege derechos mediante control constitucional
Genera certeza jurídica sobre constitucionalidad
Requiere reinterpretación de normas afectadas por fallo

Las acciones de inconstitucionalidad son mecanismo de control constitucional que existe en México desde 1929.

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 133/2021, así como los Votos Concurrente y Particular de la señora Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 133/2021
PROMOVENTE: INSTITUTO CHIHUAHUENSE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA
PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF
COTEJÓ
SECRETARIAS:     MARÍA DEL CARMEN TINAJERO SÁNCHEZ
                      LINDA HELENA MACLÚ ZORRERO
SECRETARIO AUXILIAR: JOSÉ FUENTES ROSALES
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública promueve demanda de Acción de Inconstitucionalidad en contra el Decreto LXVI/RFLEY/1039/2021 XII P.E., publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el siete de agosto de dos mil veintiuno que, entre otros aspectos, reformó y adicionó diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; específicamente sus artículos 31 A, párrafo tercero, 31 B, fracciones II, IX, X, XII, XIII, XIV, XVII, XIX, XX a XXV, 31 D, párrafos segundo y tercero y 31 H.
 
Apartado
Criterio y decisión
Págs.
I.
COMPETENCIA
El Tribunal Pleno es competente para conocer del presente asunto.
7
II.
PRECISIÓN DE LAS NORMAS IMPUGNADAS
Se precisan las normas que se tienen por efectivamente impugnadas.