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lunes, 29 de junio de 2026

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ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Inmueble Federal denominado CENDI Carolina, con Registro Federal Inmobiliario 9-3189-5, y superficie de 971.843 metros cuadrados, ubicado en calle Carolina número 77, Colonia Ciudad de los Deportes, Código Postal 03710, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO 10 min de lectura 0 lecturas

ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Inmueble Federal denominado CENDI Carolina, con Registro Federal Inmobiliario 9-3189-5, y superficie de 971 ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Inmu

ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Inmueble Federal denominado CENDI Carolina, con Registro Federal Inmobiliario 9-3189-5, y superficie de 971.843 metros cuadrados, ubicado en calle Carolina número 77, Colonia Ciudad de los Deportes, Código Postal 03710, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México .

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- DST-06/2026.

ACUERDO POR EL QUE SE DESTINA A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO " CENDI CAROLINA " , CON REGISTRO FEDERAL INMOBILIARIO 9-3189-5, Y SUPERFICIE DE 971.843 METROS CUADRADOS, UBICADO EN CALLE CAROLINA NÚMERO 77, COLONIA CIUDAD DE LOS DEPORTES, CÓDIGO POSTAL 03710, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO .
DR. PABLO ISRAEL ESCALONA ALMERAYA , Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V, VI y VII, 3 fracción III, 4 párrafo primero, 6 fracciones VI y XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracciones I y V, 61, 62, 66, 70 y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXIX, XXXVI y XLVII del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; tengo a bien emitir el presente acuerdo, tomando en cuenta los siguientes:
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado " CENDI Carolina " , con Registro Federal Inmobiliario 9-3189-5 y superficie de 971.843 metros cuadrados, ubicado en calle Carolina número 77, Colonia Ciudad de los Deportes, Código Postal 03710, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble descrito en el Considerando que antecede, se acredita mediante escritura pública número 217 de fecha 29 de septiembre de 1976, protocolizada ante la fe del Licenciado Roberto Núñez y Escalante, Notario Público 112 del Distrito Federal y del Patrimonio Nacional, en la que se hizo constar el contrato de compraventa a favor del Gobierno Federal, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 2446 de fecha 14 de agosto de 1980 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del entonces Distrito Federal, bajo el número 310-311, Tomo 222, Volumen 3º, a fojas 360 de la Sección Primera-A de fecha 09 de febrero de 1978.
TERCERO.- Que el plano Topográfico número 1 de 1 elaborado a escala 1:150, aprobado y registrado, bajo el número DRPCI/09-3189-5/5857/2016/T de fecha 26 de septiembre de 2016 y certificado el 03 de diciembre de 2024 por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, consigna la superficie, medidas y colindancias que arrojó el levantamiento topográfico del inmueble federal materia del presente Acuerdo, por una superficie de 971.843 metros cuadrados, señalando en su cuadro de notas que, "... LA RECONSTRUCCION DEL POLÍGONO DE ACUERDO AL ANTECEDENTE DE PROPIEDAD EN SU MEJOR AJUSTE NOS ARROJO UNA SUPERFICIE DE 983.303 M2 Y EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO ARROJO UNA SUPERFICIE DE 971.843 M2 PARA LO CUAL EXISTE UNA DIFERIENCIA EN DECREMENTO DE 11.460 M2 (1.17%) Y SE ENCUENTRA DENTRO DE LA TOLERANCIA PERMITIDA POR EL INDAABIN Y ES DERIVADA POR LOS DIFERENTES METODOS DE MEDICION. " (sic), sin que dicha diferencia afecte la identificación y certeza física y jurídica del inmueble federal.
CUARTO.- Que mediante oficios número IV412.5403.2024 y IV412.5417.2024 de fechas 08 y 11 de noviembre de 2024 respectivamente, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y Responsable Inmobiliario de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, solicitó la emisión del Acuerdo Administrativo de Destino, para uso de oficinas administrativas de la Unidad de Asuntos Jurídicos y el acervo documental con el que cuenta dicha Unidad.
QUINTO.- Que mediante oficio número 1996-C/1436 de fecha 11 de noviembre de 2024, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, informó que el inmueble federal, materia del presente Acuerdo, no está considerado monumento artístico y tampoco se encuentra incluido en la Relación del INBAL de Inmuebles con Valor Artístico.
SEXTO.- Que mediante oficio número 401.6C.17-2024/2128 de fecha 22 de noviembre de 2024, la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios del Instituto Nacional de Antropología e Historia, informó que el inmueble federal, materia del presente Acuerdo, no está considerado Monumento Histórico, ni es colindante a Monumentos Históricos, y no se ubica dentro de ningún polígono de protección de zona de Monumentos Históricos.
SÉPTIMO.- Que mediante Acta Administrativa de fecha 27 de noviembre de 2024, se hizo constar la entrega física, jurídica, administrativa y provisional que realizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, respecto del inmueble federal materia del presente Acuerdo, la cual obra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real 2446/6 de fecha 06 de febrero de 2025.
OCTAVO.- Que por Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo Digital con folio número 91495- 151ISIS25D de fecha 02 de enero de 2026, la Dirección General de Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, determinó que al inmueble federal materia del presente Acuerdo, le aplica , "... las zonificaciones: HC/6/25 (Habitacional con Comercio, 6 niveles máximo de construcción, 25% mínimo de área libre). Superficie Máxima de Construcción: 4,422.68 m 2 . "
NOVENO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 10 fracción IV, del Reglamento Interior de este Instituto, autorizó desde el punto de vista técnico, la presente operación. La documentación administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, con fundamento en el artículo 8 fracción XIV en relación con el artículo 10, fracción IV del

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