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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Manolo Paredes Rodríguez y firmantes de la agrupación denominada Ministerio Internacional el Buen Pastor MX.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION 10 min de lectura 13 lecturas

"La Secretaría de Gobernación publicó el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa del Ministerio Internacional el Buen Pastor MX, con domicilio en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Este aviso inicia el proceso legal para que la agrupación obtenga personalidad jurídica, y abre un plazo de 20 días hábiles para que terceros presenten oposiciones."

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El aviso se publica para dar a conocer la solicitud; el plazo de 20 días hábiles para oposiciones comienza al día siguiente de la publicación.

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La agrupación Ministerio Internacional el Buen Pastor MX solicitó su registro constitutivo como asociación religiosa ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
El domicilio de la agrupación es en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y su representante es Manolo Paredes Rodríguez.
La solicitud fue presentada el 16 de abril de 2026 y ahora se publica el extracto en el DOF.
Cualquier tercero tiene 20 días hábiles para oponerse al registro, presentando pruebas por escrito.
El objeto de la agrupación es 'Predicar la palabra de Dios a toda persona'.
Se exhibieron estatutos, lista de asociados y un convenio propuesto con la Secretaría de Relaciones Exteriores.

A la agrupación religiosa solicitante y a cualquier persona u organización que pudiera tener interés legítimo en oponerse al registro.

A la agrupación Ministerio Internacional el Buen Pastor MX, que busca obtener personalidad jurídica como asociación religiosa.

Permite a la agrupación obtener personalidad jurídica y operar legalmente como asociación religiosa.
Da transparencia al proceso de registro y permite la participación de terceros interesados.
El proceso puede generar controversias si hay oposiciones.
La publicación no implica la aprobación automática; el registro aún está sujeto a revisión.
Si tienes interés legítimo y deseas oponerte al registro, presenta tu escrito y pruebas ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público regula el registro de las iglesias y agrupaciones religiosas en México, otorgándoles personalidad jurídica. El artículo 7o. de dicha ley establece que se debe publicar un extracto de la solicitud en el DOF para dar transparencia y permitir oposiciones. Este aviso es parte del procedimiento administrativo que sigue la Secretaría de Gobernación para garantizar el carácter laico del Estado y la legalidad de las asociaciones religiosas.

¿Qué es una asociación religiosa en México?

Es una iglesia o agrupación religiosa que obtiene personalidad jurídica tras su registro ante la Secretaría de Gobernación, conforme a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

¿Cómo puedo oponerme al registro de esta asociación religiosa?

Debes presentar un escrito de oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del aviso, anexando pruebas que fundamenten tu oposición.

¿Qué sigue después de la publicación del extracto?

La autoridad evaluará la solicitud y las posibles oposiciones, y posteriormente decidirá si otorga o no el registro constitutivo.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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