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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. Rubén Ruiz González y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Los Ungidos del Día Postrero.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION 10 min de lectura 23 lecturas

"La Secretaría de Gobernación publicó el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de la agrupación 'Iglesia Los Ungidos del Día Postrero', con domicilio en Tizayuca, Hidalgo. Este aviso inicia el proceso legal para que la agrupación obtenga personalidad jurídica, permitiendo a terceros oponerse en un plazo de 20 días hábiles."

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El aviso no establece una fecha de entrada en vigor específica; el proceso de registro continúa conforme a la ley, y la oposición puede presentarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación.

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La agrupación 'Iglesia Los Ungidos del Día Postrero' presentó su solicitud de registro constitutivo ante la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación.
El aviso se publica para dar a conocer el extracto de la solicitud, cumpliendo con el artículo 7 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
El domicilio de la agrupación es en camino Interparcelario parcela 155, colonia El Carmen, Tizayuca, Hidalgo.
El representante legal es Rubén Ruiz González, quien funge como Presidente del Comité Ejecutivo.
La agrupación manifiesta tener notorio arraigo entre la población y presenta estatutos, relación de asociados y convenio con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Terceros interesados tienen 20 días hábiles para presentar oposición al registro.

A la agrupación religiosa solicitante, a otras asociaciones religiosas que pudieran tener conflictos de intereses, y a las autoridades encargadas de evaluar la solicitud.

A la agrupación 'Iglesia Los Ungidos del Día Postrero', que obtendrá personalidad jurídica como asociación religiosa si el registro es aprobado.

Permite a la agrupación obtener reconocimiento legal y ejercer sus actividades religiosas con derechos y obligaciones.
Fomenta la transparencia en el registro de asociaciones religiosas.
El proceso puede ser largo y burocrático.
Existe la posibilidad de oposición por parte de terceros que retrase el registro.
Si algún tercero considera que la agrupación no cumple los requisitos, debe presentar oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles.
La agrupación debe dar seguimiento al trámite y estar preparada para responder a posibles objeciones.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público regula el registro de iglesias y agrupaciones religiosas en México, otorgándoles personalidad jurídica. El proceso incluye la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Oficial de la Federación para dar transparencia y permitir oposición de terceros. Este aviso es parte del procedimiento administrativo que la Secretaría de Gobernación realiza para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales.

¿Qué es una asociación religiosa en México?

Es una iglesia o agrupación religiosa que obtiene personalidad jurídica tras su registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación, conforme a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

¿Cómo puedo oponerme al registro de esta iglesia?

Debes presentar una oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del aviso, anexando pruebas.

¿Qué requisitos debe cumplir una agrupación para registrarse?

Debe presentar solicitud con datos como domicilio, bienes inmuebles, estatutos, representante, relación de asociados y convenio con la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otros.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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