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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 2/2026, así como el Voto Particular de la persona Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.

COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS PONENTE 10 min de lectura 17 lecturas

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales los cobros por información digitalizada en varios municipios de Michoacán, al violar el principio de gratuidad del derecho de acceso a la información. La sentencia, derivada de una acción promovida por la CNDH, ordena eliminar dichas tarifas y exhorta al Congreso local a fijar cuotas razonables en el futuro."

resolucion

medio

La invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Michoacán.

ciudadanos gobierno
La SCJN declaró inconstitucionales los artículos de leyes de ingresos municipales que establecían cobros por entregar información en dispositivos magnéticos, CD, DVD o por hoja digitalizada.
La acción fue promovida por la CNDH contra leyes de ingresos de municipios de Michoacán para el ejercicio fiscal 2026.
El Pleno consideró que dichos cobros violan el principio de gratuidad del derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6º constitucional.
La invalidez surtirá efectos a partir de la notificación al Congreso de Michoacán.
Se exhortó al Congreso local a establecer cuotas o tarifas con un método objetivo y razonable en futuras legislaciones.
La sentencia incluye un voto particular de la Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.

A los municipios de Michoacán que aplicaban estos cobros, así como a los congresos locales que deben adecuar sus leyes de ingresos.

A los ciudadanos y cualquier persona que solicite información pública en los municipios de Michoacán, pues ya no deberán pagar por su reproducción digital.

Garantiza el derecho de acceso a la información sin barreras económicas.
Fija un precedente para que otros estados no establezcan cobros similares.
Refuerza la transparencia y rendición de cuentas en los municipios.
Los municipios podrían enfrentar una reducción en sus ingresos por estos conceptos.
La sentencia no ordena devoluciones, por lo que quienes pagaron podrían no recuperar su dinero.
El exhorto al Congreso local podría generar nuevas tarifas si se justifican adecuadamente.
Los municipios de Michoacán deben dejar de aplicar los cobros declarados inválidos y ajustar sus procedimientos de acceso a la información.
El Congreso de Michoacán debe revisar y, en su caso, reformar las leyes de ingresos para futuros ejercicios fiscales, estableciendo cuotas justificadas.
Los ciudadanos que hayan pagado por estos conceptos pueden considerar solicitar la devolución, aunque la sentencia no lo ordena explícitamente.

La CNDH promovió la acción de inconstitucionalidad 2/2026 contra las leyes de ingresos de varios municipios de Michoacán para el ejercicio fiscal 2026, publicadas en diciembre de 2025. El argumento central fue que los cobros por reproducción de información digitalizada contravienen el artículo 6º constitucional, que establece la gratuidad del acceso a la información. La SCJN, en su Pleno, determinó que el legislador local no justificó objetivamente los costos, por lo que declaró la invalidez de los preceptos impugnados.

¿Qué implica la sentencia de la SCJN sobre los cobros por información digitalizada?

La SCJN declaró inconstitucionales los cobros por entregar información en dispositivos magnéticos, CD, DVD o por hoja digitalizada en municipios de Michoacán, por violar el principio de gratuidad del acceso a la información.

¿Desde cuándo dejan de aplicarse estos cobros?

La invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de la sentencia al Congreso del Estado de Michoacán, por lo que los municipios deben dejar de aplicarlos desde ese momento.

¿Puedo solicitar la devolución de lo pagado por estos conceptos?

La sentencia no ordena devoluciones, pero podrías consultar con la autoridad municipal o la CNDH si existe algún mecanismo para reclamar.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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