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lunes, 6 de julio de 2026

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ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado el 26 de abril de 2025.

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ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado el 26 de abril de 2025 ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado el 26 de abril de 2025. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que

ACUERDO por el que se actualiza el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025, publicado el 26 de abril de 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Consejo de Salubridad General.

La Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fundamento en los artículos 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, fracción II, 17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud; 12, fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 2, 4, 6, fracciones I y III, 17, fracciones IV y VIII, 21, 48 y 49 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o, párrafo cuarto, reconoce el derecho humano que tiene toda persona a la protección de la salud, señalando que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud; establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, y definirá un Sistema de Salud para el Bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social;
Que, de conformidad con los artículos 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4o., fracción II, 17, fracción X y 28 de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General depende directamente de la Presidencia de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, tiene el carácter de autoridad sanitaria, y le corresponde elaborar el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud, que hayan aprobado su seguridad, calidad y eficacia terapéutica; las actualizaciones a dicho Compendio, tendrán como objetivo la introducción de insumos para la salud y tecnologías innovadoras que contribuyan a mejorar la calidad en la prestación de los servicios y optimicen los recursos para la detección, prevención y atención de las enfermedades que afectan a la población;
Que, en términos de lo señalado en los artículos 12 fracciones XIII, XIV y XXIX, 15, 16, fracción I y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; 4, 6, fracción I y 49 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, para elaborar, actualizar y difundir, en el Diario Oficial de la Federación, el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, el Consejo de Salubridad General se auxilia de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud;
Que, en términos de lo dispuesto por el artículo 48 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, con fecha 26 de abril de 2025, la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud versión 2025;
Que, la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en cumplimiento a los artículos 2, 4 y 6, fracciones I y III, 17 fracciones IV y VIII y 21 de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en su Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el 15 de junio 2026, dictaminó la procedencia de actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, por lo que ha tenido a bien emitir el siguiente:
Artículo primero. Se adicionan en la Categoría de Medicamentos al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2025, los insumos que a continuación se mencionan:
Grupo Nº 5: Endocrinología y Metabolismo
VOSORITIDA
Clave
Descripción
Indicaciones terapéuticas
Vía de administración y Dosis
 
010.000.7268.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con liofilizado contiene:
Vosoritida 0.8 mg/mL
Caja con 10 frascos ámpula con
0.4 mg de polvo liofilizado, 10 jeringas prellenadas con 0.5 mL de diluyente, 10 agujas, 10 jeringas estériles.
Tratamiento de la acondroplasia en pacientes pediátricos cuyas epífisis no se hayan cerrado.
Subcutánea.
Paciente pediátrico cuyas epífisis no se hayan cerrado
Régimen posológico recomendado:
3 kg de peso corporal: 0.12 mL/día
4 kg de peso corporal: 0.15 mL/día
5 kg de peso corporal: 0.20 mL/día
6-7 kg de peso corporal:0.25 mL/día
8-11 kg de peso corporal: 0.30 mL/día
 
010.000.7269.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con liofilizado contiene:
Vosoritida 0.8 mg/mL
Caja con 10 frascos ámpula con
0.56 mg de polvo liofilizado, 10 jeringas prellenadas con 0.7 mL de diluyente, 10 agujas, 10
jeringas estériles.
Subcutánea.
Paciente pediátrico cuyas epífisis no se hayan cerrado
Régimen posológico recomendado:
12-16 kg de peso corporal: 0.35 mL/día
17-21 kg de peso corporal: 0.40 mL/ día
22-32 kg de peso corporal: 0.50 mL/día
 
010.000.7270.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada frasco ámpula con liofilizado contiene:
Vosoritida 2 mg/mL
Caja con 10 frascos ámpula con
1.2 mg de polvo liofilizado, 10 jeringas prellenadas con 0.6 mL de diluyente, 10 agujas, 10
jeringas estériles.
Subcutánea.
Paciente pediátrico cuyas epífisis no se hayan cerrado
Régimen posológico recomendado:
33-43 kg de peso corporal: 0.25 mL/día
44-59 kg de peso corporal: 0.30 mL/día
60-89 kg de peso corporal: 0.35 mL/día
90 kg de peso corporal: 0.40 mL/día
 
 
Generalidades
 
Vosoritida es un análogo del péptido natriurético de tipo C (CNP) modificado. En los pacientes con acondroplasia, el crecimiento óseo endocondral está regulado de forma negativa debido a una mutación de ganancia de función en el receptor 3 del factor de crecimiento de fibroblastos (FGFR3). La unión de vosoritida al receptor de péptidos natriuréticos de tipo B (NPR B) antagoniza la señalización de cascada abajo del FGFR3 al inhibir las quinasas 1

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