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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 89/2025 y su acumulada 91/2025, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.

PODER JUDICIAL SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION 10 min de lectura 50 lecturas

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila, relacionados con la elección de jueces y magistrados, al considerar que vulneran la independencia judicial. La sentencia responde a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Partido del Trabajo y la CNDH, y busca garantizar que la reforma judicial local se ajuste a los estándares constitucionales."

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La sentencia surte efectos a partir de su notificación, y las normas declaradas inválidas quedan sin efecto.

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La SCJN declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Coahuila, relacionados con la elección de jueces y magistrados.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por el Partido del Trabajo y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
La demanda de la CNDH fue declarada extemporánea, pero la del Partido del Trabajo fue admitida y resuelta.
Se sobreseyó respecto al artículo transitorio que regulaba la elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia, por cesación de efectos.
La sentencia busca garantizar la independencia judicial y el cumplimiento de estándares constitucionales en la reforma judicial local.
El Pleno de la SCJN determinó que el Poder Ejecutivo local sí tuvo injerencia en el proceso legislativo, por lo que debe responder por sus actos.

Al Poder Judicial del Estado de Coahuila, al Congreso local, al Poder Ejecutivo estatal y a los jueces y magistrados en funciones o en proceso de elección.

A los ciudadanos de Coahuila, al fortalecer la independencia judicial y garantizar que los procesos de selección de jueces cumplan con la Constitución.

Fortalecimiento de la independencia judicial.
Garantía de que los procesos de selección de jueces cumplan con la Constitución.
Protección de los derechos de los ciudadanos a un sistema de justicia imparcial.
Posible retraso en la implementación de la reforma judicial local.
Costos asociados a la necesidad de reformar la ley y repetir procesos.
Incertidumbre temporal para los jueces y magistrados en funciones.
El Congreso de Coahuila deberá revisar y ajustar la Ley Orgánica del Poder Judicial para cumplir con la sentencia.
Las autoridades locales deben abstenerse de aplicar los artículos declarados inválidos.
Los jueces y magistrados en funciones deben estar atentos a las disposiciones que se modifiquen.

La reforma judicial en Coahuila, impulsada en diciembre de 2024, estableció la elección popular de jueces y magistrados, similar a la reforma federal. La SCJN ha revisado estos procesos para asegurar que no vulneren la independencia judicial. Esta sentencia se suma a otras resoluciones sobre reformas judiciales estatales, marcando un precedente sobre los límites de la elección popular en el Poder Judicial.

¿Qué implica la declaración de inconstitucionalidad de la SCJN?

Implica que los artículos impugnados de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Coahuila son inválidos y no pueden aplicarse, por lo que el Congreso local deberá modificarlos.

¿Por qué la demanda de la CNDH fue declarada extemporánea?

Porque se presentó fuera del plazo legal de 30 días establecido para promover acciones de inconstitucionalidad.

¿Qué pasará con los jueces y magistrados ya electos?

La sentencia no invalida la elección en sí, pero obliga a ajustar la ley para que futuros procesos cumplan con la Constitución. Los efectos específicos dependen de los términos de la sentencia.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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