CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a las entidades federativas el cumplimiento dado a la sentencia definitiva de veintitrés de marzo de dos mil veintiséis, dictada por la Sala Regional en Michoacán del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio de nulidad 937/25-21-01-9-OT, promovido por la C. María Guadalupe Banderas Chávez, mediante la cual se declaró la nulidad de la resolución contenida en el oficio OICE/00/637/19391/2024 de once de diciembre de dos mil veinticuatro, emitida dentro del procedimiento administrativo de sanción a licitantes, proveedores y contratistas PA-031/2024.
"El ISSSTE dejó sin efectos una sanción contra María Guadalupe Banderas Chávez, quien había sido inhabilitada 45 meses y multada con $99,043.20, luego de que un tribunal declarara nula la resolución por notificación ilegal. La circular informa a todas las dependencias y entidades sobre el cumplimiento de la sentencia."
Tipo
circular
Impacto
bajo
Vigencia
2026-07-10: La circular se emite el 10 de julio de 2026 y tiene efectos inmediatos para el cumplimiento de la sentencia.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
A las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y entidades federativas que deben acatar la nulidad y ajustar sus registros. También afecta a la persona sancionada, quien ve restituidos sus derechos para participar en contrataciones públicas.
✅ Sectores beneficiados
María Guadalupe Banderas Chávez, quien recupera la posibilidad de participar en licitaciones y contratos con el gobierno.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El caso se originó por una sanción impuesta por el Órgano Interno de Control en el ISSSTE, que inhabilitó a la proveedora por 45 meses y le impuso una multa. La afectada impugnó la resolución argumentando que la notificación del procedimiento fue ilegal, ya que no se agotaron las vías para localizar su domicilio. El tribunal dio la razón y anuló la sanción, ordenando reponer el procedimiento. Esta circular formaliza el cumplimiento de la sentencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que se haya declarado la nulidad lisa y llana?
Que la resolución sancionadora se anula por completo, como si nunca hubiera existido, y se deben reponer los actos viciados.
¿La persona sancionada puede volver a contratar con el gobierno?
Sí, al dejarse sin efectos la inhabilitación, ya no tiene impedimento para participar en licitaciones y contratos.
¿Qué deben hacer las dependencias ante esta circular?
Deben actualizar sus registros y no considerar la sanción anulada como impedimento para contratar con la persona.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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