SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 81/2025 y su acumulada 88/2025, así como los Votos Particulares de las señoras Ministras Sara Irene Herrerías Guerra y Lenia Batres Guadarrama.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal de Puebla, que tipificaba el ciberacoso, por violar el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad. La norma era ambigua y generaba incertidumbre, por lo que se invalidó con efectos retroactivos al 11 de julio de 2025."
Tipo
resolucion
Impacto
alto
Vigencia
2026-04-14: La sentencia fue emitida el 14 de abril de 2026 y surte efectos retroactivos al 11 de julio de 2025, a partir de la notificación al Congreso de Puebla.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Al Congreso de Puebla, que deberá legislar nuevamente si desea regular el ciberacoso, y a las autoridades judiciales que aplicaban la norma.
✅ Sectores beneficiados
Personas que fueron procesadas o sentenciadas por el delito de ciberacoso en Puebla desde el 11 de julio de 2025, así como la ciudadanía en general al protegerse la libertad de expresión.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la CNDH y el PAN en agosto de 2025 contra la reforma al Código Penal de Puebla publicada el 11 de julio de 2025. La SCJN determinó que el tipo penal de ciberacoso era demasiado ambiguo, pues no describía con precisión las conductas sancionadas, lo que vulneraba el principio de legalidad. Esta decisión se suma a otros precedentes de la Corte sobre la necesidad de que los tipos penales sean claros para evitar arbitrariedades.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el ciberacoso según el artículo 480 del Código Penal de Puebla?
El artículo 480 tipificaba el ciberacoso, pero la SCJN lo declaró inválido por ser ambiguo, por lo que actualmente no está vigente.
¿Desde cuándo deja de aplicarse el artículo 480?
La invalidez tiene efectos retroactivos al 11 de julio de 2025, fecha en que se publicó la reforma, y surte plenos efectos desde la notificación al Congreso de Puebla.
¿Qué debo hacer si tengo un proceso penal por ciberacoso en Puebla?
Debes consultar a un abogado para solicitar la aplicación de esta sentencia, que podría beneficiarte si fuiste procesado después del 11 de julio de 2025.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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