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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América, del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE ECONOMIA 10 min de lectura 23 lecturas

"La Secretaría de Economía publicó el cupo máximo para exportar azúcar a Estados Unidos durante el ciclo azucarero 2026-2027, fijado en 610,573.919 toneladas métricas valor crudo. Este monto se calcula con base en las necesidades de EUA y el excedente de oferta mexicano, y es clave para la industria azucarera nacional."

aviso

medio

2026-10-01: El cupo aplica para el ciclo azucarero del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027.

empresas sector agroindustrial
El cupo máximo para exportar azúcar a EUA en el ciclo 2026-2027 es de 610,573.919 toneladas métricas valor crudo (TMVC).
El cálculo se realizó conforme al Acuerdo de 2017 y sus modificaciones, usando la fórmula del Punto 13.
El monto se determinó con base en el informe WASDE de julio 2026 y el excedente de oferta calculado por CONADESUCA.
El cupo aplica para azúcar originaria de México, de caña o remolacha, y estará vigente del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027.
El aviso fue publicado por la Secretaría de Economía en el DOF y en el SNICE.

A los productores y exportadores de azúcar en México, así como a las empresas que dependen de la exportación de este producto a Estados Unidos.

A los exportadores de azúcar que podrán planear sus ventas al mercado estadounidense con un cupo definido, y a la industria azucarera en general.

Da certidumbre a los exportadores sobre el volumen máximo que pueden vender a EUA.
Permite planear la producción y comercialización del azúcar mexicano.
Fomenta el cumplimiento de las reglas comerciales entre México y EUA.
El cupo limita las exportaciones, lo que podría afectar a productores que quieran vender más.
El cálculo depende de estimaciones externas (WASDE) y del balance de CONADESUCA, lo que puede generar incertidumbre.
Los ajustes durante el ciclo pueden modificar el cupo inicial.
Los exportadores de azúcar deben verificar si cuentan con permiso previo y cumplir con los requisitos del Acuerdo.
Consultar el aviso completo en el DOF y en el SNICE para conocer detalles del cálculo y asignación.
Monitorear los ajustes ordinarios del cupo en septiembre, diciembre y marzo del ciclo.

El Acuerdo que sujeta a permiso previo la exportación de azúcar se publicó en 2017 y ha sido modificado en 2020 y 2022. Establece un mecanismo para fijar un cupo máximo anual de exportación a EUA, calculado con base en las necesidades de ese país y el excedente de oferta mexicano. El cupo se da a conocer mediante aviso en el DOF y en el SNICE, y puede tener ajustes durante el ciclo.

¿Qué es el cupo máximo para exportar azúcar a EUA?

Es el volumen máximo de azúcar que México puede exportar a Estados Unidos durante un ciclo azucarero, establecido por la Secretaría de Economía.

¿Cómo se calcula el cupo?

Se calcula con base en las necesidades de EUA (según el informe WASDE) y el excedente de oferta de azúcar en México, aplicando una fórmula establecida en el Acuerdo.

¿Cuándo entra en vigor este cupo?

El cupo aplica para el ciclo azucarero del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027.

¿Dónde puedo consultar el aviso oficial?

El aviso fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el portal del SNICE (www.snice.gob.mx).

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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